AUTO CONSTITUCIONAL N° 210/99 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL N° 210/99 - R

Fecha: 05-Oct-1999

POR TANTO:

POR TANTO:   El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los   artículos 19-IV y 120-7 de la Constitución Política del Estado, Arts. 102-V de la Ley  1836, ANULA obrados hasta el estado de llevarse a cabo la audiencia correspondiente y pronunciarse la resolución pertinente.