AUTO CONSTITUCIONAL No 206/99 - R
Fecha: 06-Oct-1999
3.
3. Durante el proceso ilegal, formado por el mismo Asesor Legal, el Dr. José Aguilar, Presidente del Concejo Municipal interesado, entre otros, de destituirlo de su cargo con “pruebas prefabricadas”, sin tener en cuenta las abundantes pruebas de descargo sin permitirle dejar las pruebas y la documentación en su favor.
3.1. Los aspectos denunciados infringen el artículo 14 de la Constitución Política del Estado “Nadie puede ser juzgado por comisiones especiales o sometido a otros jueces que los designados con anterioridad al hecho de la causa, ni se lo podrá obligar a declarar contra si mismo en materia penal o contra sus parientes consanguíneos hasta el cuarto grado inclusive, o sus afines hasta el segundo, de acuerdo al cómputo civil”.