Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL No. 211/99 - R
Fecha: 05-Oct-1999
improcedente
Que, planteado el recurso, éste se tramita realizándose la correspondiente Audiencia Pública el 30 de agosto de 1999, cual consta en el acta saliente a fs. 29, pronunciándose, en la misma fecha, la resolución saliente a fs. 30 - 31, por la que se declara improcedente el recurso planteado amparado en el art. 96 - 3 de la Ley 1836, resolución que es objeto de la presente revisión.