Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL No. 244/99 - R
Fecha: 19-Oct-1999
improcedente
4. A la conclusión de la audiencia, el Juez de Habeas Corpus pronuncia su fallo declarando improcedente el recurso, fundándose en el hecho de que están justificadas las atribuciones de la Agente Fiscal y que las diligencias de Policía Judicial ya se encuentran en poder el Juez de Instrucción en lo Penal. Este fallo es motivo de la presente revisión.