Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL No. 246/99 - R
Fecha: 19-Oct-1999
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18.III y 120.7ª. de la Constitución Política del Estado, REVOCA la resolución elevada en revisión dictada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, cursante a fs. 193 vta. a 194 y declara IMPROCEDENTE el recurso interpuesto.
Se llama severamente la atención al Tribunal de Habeas Corpus por el serio descuido en no hacer una foliación correcta y clara del expediente, habiendo tenido que hacerse una nueva numeración de folios (parte inferior derecha de las fojas), para facilitar el adecuado manejo y estudio del expediente.