AUTO CONSTITUCIONAL Nro. 221/99-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nro. 221/99-R

Fecha: 11-Oct-1999

POR TANTO:

POR TANTO: El Tribunal Constitucional,  en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato del art. 18-III  y 120-7º de la Constitución Política del Estado y art. 93 de la Ley 1836, APRUEBA la resolución elevada en revisión que corre de fs. 28 a 29 de obrados, de fecha 21 de septiembre de 1999, dictada por el Juez de Partido de la Provincia Esteban Arce (Tarata), del departamento de Cochabamba, disponiendo a la vez que el recurrente sea puesto a disposición del Juez Instructor de Turno en lo Penal para la instrucción del proceso respectivo, condenándose al recurrido a la reparación de daños y perjuicios, los que deberán calificarse por el Tribunal de Habeas Corpus, conforme al último parágrafo del inc. 6to del art. 91 de la Ley 1836.