AUTO CONSTITUCIONAL Nº 330/99- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 330/99- R

Fecha: 17-Nov-1999

POR TANTO:

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que ejerce por mandato de los arts. 19-IV y 120 - 7ª  de la Constitución Política del Estado y art. 102-V de la Ley No. 1836, APRUEBA la sentencia dictada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz en fecha 21 de octubre cursante a fs. 40, debiendo el Tribunal de Amparo aplicar el art. 102-III de la Ley N° 1836.