Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL No. 334/99 - R
Fecha: 18-Nov-1999
improcedente
3. Luego de la audiencia, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito de Cochabamba, emite su resolución de fs. 45 - 46 el 8 de octubre de 1999, declarando improcedente el recurso con el fundamento de que en el presente caso existe la instancia establecida por el propio Estatuto del Sindicato Mixto de Micros, Buses, Trufis, Taxitrufis y Trufibuses “Ciudad de Cochabamba” en lo que respecta al procesamiento de sus afiliados, por el Tribunal de Honor de la institución a la que debería recurrir previamente la recurrente.