Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL No. 368/99 - R
Fecha: 29-Nov-1999
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 102-V de la Ley 1836 APRUEBA, la resolución saliente a fs. 994 y vta. de obrados, dictada por la Sala Civil Primera de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz de la Sierra.