AUTO CONSTITUCIONAL N° 381/99 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL N° 381/99 - R

Fecha: 02-Dic-1999

1.

1. En su demanda de 6 de noviembre (fojas 1) la recurrente expresa que con motivo de un proceso penal en contra de su hijo, el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal ordenó su detención preventiva en marzo de este año, detención que se prolonga hasta la fecha sin haberse dictado el auto final de la Instrucción y sin que se disponga su libertad, que fue solicitada de acuerdo al artículo 11, numeral 1 de la Ley Nº 1685, por lo que interpone este recurso contra el indicado Juez, para que se ordene la libertad inmediata de su hijo, "en su caso previa fianza juratoria por retardación de justicia".