SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 019/99
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 019/99

Fecha: 10-Dic-1999

POR TANTO;

POR TANTO;  El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 120- 6ª de la Constitución Política del Estado y 79 y siguientes de la Ley Nº 1836 declara INFUNDADO  el Recurso Directo de Nulidad interpuesto por Jorge Orellana Moreno, ex - Rector de la UAGRM, contra la Resolución Nº 003/99 del Consejo Universitario y el Auto de 28 de septiembre de la Comisión Institucional y Jurídica constituida por dicho Consejo, con costas y una multa de quinientos bolivianos de acuerdo al artículo 85-1) de la Ley Nº 1836; que el recurrente debe depositar a la orden del Tesoro Judicial en el plazo de tres días de su notificación con la presente sentencia.