SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 425/99-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 425/99-R

Fecha: 21-Dic-1999

POR TANTO:

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 102-V de la Ley No. 1836,  REVOCA  la Resolución de fojas 25 y 25 vuelta de fecha  17 de noviembre y declara PROCEDENTE el Recurso, debiendo aplicarse el Art. 102-II de la Ley Nº 1836; asimismo se dispone la inmediata restitución del recurrido a su fuente laboral, a efectos, de que se lo someta a un debido proceso disciplinario ante autoridad competente.

          Se llama la atención a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de La Paz, por no dar el trámite sumarísimo a este Recurso, al remitir la demanda de Amparo Constitucional a la Sala competente después 19 días de presentada la misma, incumpliendo el Art. 19-II de la Constitución Política del Estado.