Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 430/99 - R
Fecha: 21-Dic-1999
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la Constitución Política del Estado, APRUEBA el fallo dictado por el Juez de Partido de la Provincia Tarata del Departamento de Cochabamba, quedando éste encargado de dar cumplimiento al art. 102.II y a la remisión de antecedentes al Ministerio Público que dispone el art. 104, ambos preceptos de la Ley 1836.