IMPROCEDENTE
Que, planteado el recurso, éste se tramita conforme a Ley, realizándose la correspondiente audiencia pública el día 23 de junio de 1999, cual consta en el Acta saliente a fojas 149 a 151, pronunciándose a su conclusión la sentencia de fojas 151 por la que se declara IMPROCEDENTE el recurso planteado, resolución que es objeto de la presente revisión.
b) Que, en consecuencia al haber el Juez de Instrucción Primero en lo Penal de turno por vacación judicial, de la ciudad de Trinidad, del Distrito Judicial del Beni, declarado IMPROCEDENTE el recurso, ha observado estrictamente lo mandado por el artículo 18 de la Constitución Política del Estado.
