AUTO CONSTITUCIONAL 88/99-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 88/99-R

Fecha: 25-Ago-1999

CONSIDERANDO:

1.  En fecha 12 de marzo de 1999, Roger Rivero Peralta, en representación de la Caja Nacional del Seguro Social de Chóferes, interpone recurso de Amparo ante la Corte Superior de Santa Cruz, contra Jaime Pérez Viviani, Juez 1º del Trabajo y Seguridad Social, por ser responsable y conocer el proceso seguido por los ex-trabajadores de la Caja Nacional del Seguro Social, contra la misma Caja en Santa Cruz, en suplencia legal del Juez 2º de Trabajo y S.S.; que con las facultades que le otorga el art. 159 de la C.P.E., basa su demanda en el derecho a legítima defensa, consagrado por el art. 7º -k), 16-II de la C.P.E., arts. 3 y 5 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto la sentencia se está llevando a ejecución, pese a existir vicios de nulidad en notificaciones, remisión en consulta y otros.  Que los efectos serán sentidos por la población protegida por la Caja, ya que está a punto de perder el inmueble en el que funciona, habiendo sido puesto en subasta y remate para el día 19 de marzo de 1999.

2.  Pese a no haberse tramitado la causa regularmente, conforme establece el Título Cuarto, Capítulo X de la Ley Nº 1836 y art. 19 de la Constitución Política del Estado, se realizó la audiencia pública, según consta del acta de fs. 18 a 20; pero el Tribunal de Amparo no se ha pronunciado formalmente dictando la resolución pertinente, cuyo contenido debe sujetarse a la estructura que señala la ley, por lo que el texto cursante a fs. 20 vta. del acta de la audiencia pública, no puede considerarse como resolución dentro del presente recurso de Amparo Constitucional.