AUTO CONSTITUCIONAL No. 072/99 -R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL No. 072/99 -R

Fecha: 17-Ago-1999

POR TANTO

Se llama severamente la atención al Juez  del Amparo, por no haber observado los plazos determinados por el Art. 19 de la Constitución Política del Estado, y por haber dispuesto la realización de dos audiencias, dejando constancia que en caso de no corregirse tales defectos en ulteriores procedimientos, se dará estricto cumplimiento a lo establecido por el Art. 103 de la Ley del Tribunal Constitucional.