AUTO CONSTITUCIONAL No. 091/99-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL No. 091/99-R

Fecha: 26-Ago-1999

POR TANTO:

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 19-IV y 120-7 de la Constitución Política del Estado y 102-V de la Ley 1836, REVOCA en revisión la resolución, cursante a fojas 42 a 53 de obrados, dictada en fecha 07 de junio de 1999 y declara PROCEDENTE el recurso de Amparo Constitucional, disponiendo  la cesación de las imposiciones dispuestas por la Asociación recurrida, las que, en consecuencia quedan sin efecto.

Se llama severamente la atención al Juez del Amparo, por no haber observado los plazos determinados por el Art. 19 de la Constitución Política del Estado, y por haber dispuesto cuarto intermedio para dictar resolución, dejando constancia, que en caso de no corregir tales defectos en ulteriores procedimientos, se dará estricto cumplimiento a lo establecido por el Art. 103 de la Ley del Tribunal Constitucional.