Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL No. 095/99 - R
Fecha: 30-Ago-1999
procedente
El abogado de la parte recurrente replica expresando que todas las denuncias son generales, sin prueba alguna ni concretación de nombres de los autores de los delitos denunciados. Hace otras consideraciones de orden legal y pide finalmente que se dicte sentencia declarando procedente el recurso de Hábeas Corpus.