Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
*AUTO CONSTITUCIONAL N° 186/99-R
Fecha: 28-Sep-1999
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 18-III y 120-7a de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley N° 1836, APRUEBA el auto de fojas 40, de 6 de mayo de 1998, debiendo el tribunal de Habeas Corpus calificar los daños y perjuicios consiguientes, en aplicación del artículo 91-VI de la Ley Nº 1836.