Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL No. 154/99 - R
Fecha: 20-Sep-1999
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 19 y 102-7ª de la Constitución Polñitica del Estado y 102-V de la Ley 1836, APRUEBA en revisión la sentencia de fecha 9 de agosto de 1999, saliente a fjs. 64 a 66 de obrados y de conformidad con el art. 102-III de la Ley del Tribunal Constitucional, sea con costas y multa al recurrente.