AUTO CONSTITUCIONAL No. 158/99 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL No. 158/99 - R

Fecha: 20-Sep-1999

POR TANTO:

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandado de los arts. 18 - III y  120 -  7ª  de la Constitución Política del Estado  y 93 de la Ley  No. 1836  del Tribunal Constitucional,  APRUEBA la sentencia en revisión que cursa de fs. 9 a 10, pronunciada por la Sala  Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca.