Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 067/00 - R
Fecha: 25-Ene-2000
procedente
3. Luego de ser escuchadas las partes y de la compulsa de antecedentes del caso, el Juez de Hábeas Corpus dicta resolución y declara procedente el recurso; dispone la libertad de los recurrentes, fundándose en el hecho de que en el mandamiento de detención formal librado por la Corte Superior de Oruro no están cumplidas las formalidades exigidas por el art. 90, inciso 2) del Código de Procedimiento Penal, lo que debió ser observado por la autoridad recurrida.