Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 006/00-R
Fecha: 05-Ene-2000
improcedente
3. Oídas las partes y compulsados los antecedentes, el Tribunal de Amparo Constitucional declaró improcedente el recurso con el fundamento de que “la regulación del transporte urbano, autorización y concesión de rutas de explotación, fiscalización y control y otros detalles técnicos y sociales del transporte urbano, pertenecen y están a cargo de los gobiernos municipales de acuerdo a la Ley de Organización Municipal (...) Que lo anteriormente expuesto demuestra que la parte recurrente no ha agotado la vía administrativa en el área municipal, quedando expedito este su derecho”.