Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 080/00-R
Fecha: 27-Ene-2000
POR TANTO:
POR TANTO: EL Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley Nº 1836, APRUEBA la resolución venida en revisión, saliente a fs. 12 de 22 de diciembre de 1999 y en aplicación de lo establecido por el art. 91-VI de la Ley Nº 1836 del Tribunal Constitucional, se condena al recurrido al pago de daños y perjuicios que serán calificados por el Juez Segundo de Partido en lo Penal de Trinidad, Departamento del Beni, en ejecución de sentencia.