SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 071/2000 -R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 071/2000 -R

Fecha: 26-Ene-2000

POR TANTO

POR TANTO:  El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los Arts. 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 102-V de la Ley Nº 1836, APRUEBA la Resolución de fs. 185 vlta. - 186, dictada en fecha 21 de diciembre de 1999 por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial  de Santa Cruz, con costas y multa al recurrente, según el Art. 102-III de la Ley Nº 1836.

Se llama la atención a la Corte de Amparo, por no cumplir los plazos procesales para el señalamiento de audiencia y para la remisión del expediente en revisión, dejando constancia que en caso de no corregirse dicho defecto en ulteriores procedimientos, se dará estricto cumplimiento a lo establecido por el Art. 103 de la Ley del Tribunal Constitucional.