SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 077/2000 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 077/2000 - R

Fecha: 27-Ene-2000

PROCEDENTE

3.  El Recurso, se tramita conforme a Ley ante la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Justicia del Distrito de La Paz,  pronunciándose,  la Resolución Nº 619/99 saliente a fs. 103 en la misma fecha de la audiencia (6 de diciembre de 1999), por la que se declara PROCEDENTE el Amparo Constitucional planteado, fundando su decisión en el hecho de que: “el Art. 547 del Código Civil determina la retroactividad de la nulidad declarada en juicio para que los efectos de la sentencia recaigan en actos o contratos anteriores a dicho fallo, que en especie,  se establece la ilegalidad de la representación de la Jueza recurrida, que ha infringido el Art. 19 de la Constitución Política del Estado.”