SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 924/2000-R
Fecha: 06-Oct-2000
que fue librado el mismo día, no constando legal notificación de los recurrentes con el mismo
3) Que el Fiscal recurrido por requerimiento de 22 de agosto del año en curso dispone se levanten diligencias de policía judicial por los delitos denunciados, ordenando la citación de los denunciados mediante comparendo, que fue librado el mismo día, no constando legal notificación de los recurrentes con el mismo (fs. 10 vta, 19-21).
4) Que previo informe del investigador asignado al caso sobre la incomparecencia de los recurrentes para prestar su declaración pese a su citación mediante cédula de comparendo, el Fiscal recurrido por requerimiento de 2 de septiembre de 2000 dispone se expidan cédulas de apremio contra los recurrentes, en virtud del que fue aprehendido Ramiro René Borges Mariscal el 7 de septiembre del año en curso, recibiéndose su declaración informativa el mismo día (fs. 24-26, 38).
6) Que sobre la base del requerimiento y la formalización de querella el Juez Instructor Primero de Instrucción en lo Penal, por auto inicial de 9 de septiembre de 2000 organiza sumario penal contra los recurrentes por la supuesta comisión del delito de estelionato, disponiendo se libre el mandamiento de comparendo para la citación de los imputados (fs. 46 vta.).