Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 980/00-R
Fecha: 23-Oct-2000
PROCEDENTE
Concluida la audiencia, el Tribunal de Amparo dictó la Resolución cursante a fs. 224, que declara PROCEDENTE el Recurso, con el argumento de que las autoridades recurridas han contrariado el art. 159 de la Constitución Política del Estado y que los representantes del Sindicato, gozan del fuero sindical, por lo que sin previo proceso de desafuero, resulta ilegítimo su despido.