AUTO CONSTITUCIONAL Nº 241/2000-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 241/2000-CA

Fecha: 16-Nov-2000

la declaratoria de constitucionalidad o inconstitucionalidad de las Resoluciones  de 4 de octubre de 1999 pronunciada por el Delegado Distrital Jurídico del Consejo de la Judicatura de Oruro y la dictada por   la Comisión Investigadora de fecha 14 de octubre de 1999

Que,  por otra parte, si bien la solicitud de que se promueva el Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucionalidad ha sido presentada dentro de la instrucción penal instaurada a instancias del Ministerio Público contra Guillermo López Nogales por la comisión del delito incurso en la previsión del art. 333 del Código Penal en el mismo que se encuentra pendiente la resolución final de la instrucción, no se cumple con el otro requisito de procedencia cual es el que la declaración de constitucionalidad o inconstitucionalidad de las Resoluciones impugnadas sean aplicadas en el auto final de la instrucción, por cuanto este auto  no dependerá de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de las resoluciones impugnadas sino de la investigación  del examen y apreciación de los indicios y presunciones de culpabilidad  que resultaren de  los datos y antecedentes acumulados y que dieren mérito a la acusación o la inexistencia de indicios de culpabilidad que den lugar al procesamiento, al sobreseimiento o la remisión de obrados al tribunal llamado por ley si el Juez no fuere competente para conocer la causa, consecuentemente la declaratoria de constitucionalidad o inconstitucionalidad de las Resoluciones  de 4 de octubre de 1999 pronunciada por el Delegado Distrital Jurídico del Consejo de la Judicatura de Oruro y la dictada por   la Comisión Investigadora de fecha 14 de octubre de 1999 impugnadas no afectarían en absoluto a la determinación que se vaya a adoptar a tiempo de citar el auto final de la instrucción.