Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1017/00-R
Fecha: 01-Nov-2000
PROCEDENTE
Concluida la audiencia, el Tribunal de Amparo dicta la Resolución N° 461/2000 que cursa a fs. 34, declarando PROCEDENTE el Recurso con el fundamento de que funcionarios de la oficina de Derechos Reales de La Paz cometieron confusiones y errores en la inscripción de las dos propiedades ubicadas en Copacabana y en La Paz, y si los títulos de esa inscripción no conllevan omisiones insubsanables, es obligatoria la rectificación de errores mediante una sub-inscripción cuando ellos son imputables a los responsables de dicha oficina.