Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1038/00-R
Fecha: 10-Nov-2000
1.
1. Que, el recurrente supuestamente imprimió su huella digital o suscribió un “Acta de Garantías Personales” el 10 de diciembre de 1998, donde se estableció: 1) Que el recurrente y Juan Zúñiga Frías, no se volverían a ofender; 2) Que, ambos se comprometían a dar alimento mensual al menor Alejandro Quispe Gonzáles, por lo que firmaban el acta a favor de Dionicia Gonzáles Flores, madre del menor y 3) Que, en caso de incumplimiento del acta, la parte infractora sería sancionada con una multa de Bs. 1.500.- (fs. 7 y 12 y vta.).