SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1048/00-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1048/00-R

Fecha: 10-Nov-2000

2.

2.     A su vez, la autoridad recurrida informa  que contra los indicados detenidos existe mandamiento  de aprehensión en la Fiscalía y que estos antecedentes se encuentran en la Policía Técnica Judicial de Llallagüa a cargo de Víctor Villca. Añade que dichos detenidos se encuentran arrestados por ser autores de los delitos de robo de especies y violación, desde las 9 de la mañana del 5 de septiembre de este año, habiendo remitido el informe a la Fiscal quien solicitó ampliación. Además de que hay un prófugo y se teme la fuga de los otros sospechosos. Concluye indicando que la Policía sólo ha cumplido con sus funciones, acatando lo dispuesto por el art. 227-1) del nuevo Código de Procedimiento Penal.

A su vez el representante del Ministerio Público opina por la procedencia del  Recurso planteado  por no haber  cumplido la Policía lo determinado en el art. 227 del nuevo Código de Procedimiento Penal, de poner a los detenidos a disposición de la Fiscalía en el plazo máximo de ocho horas y que en aplicación del art. 18 de la Constitución Política del Estado debe poner a los demandantes a disposición del Juez de turno de Llallagüa.