SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1054/2000-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1054/2000-R

Fecha: 10-Nov-2000

improcedente

Que concluida la audiencia, el Juez de Hábeas Corpus dicta la Resolución cursante de fs. 9 a 10, que declara improcedente el Recurso, con el fundamento de que las autoridades recurridas dieron cumplimiento a las normas procesales previstas por el Código de Procedimiento Penal y la Ley Nº 1008, que en todo caso los argumentos de los recurrentes deben ser reclamados dentro del proceso haciendo uso de los recursos que la ley franquea.

Que en consecuencia, las autoridades recurridas no han incurrido en persecución, detención o procesamiento ilegal que esté privando materialmente la libertad del recurrente, por lo que el Juez de Hábeas Corpus al haber declarado improcedente el Recurso, aunque con fundamentos diferentes ha interpretado correctamente el alcance del art. 18 de la Constitución Política del Estado y 89 de la Ley del Tribunal Constitucional.