SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1075/00-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1075/00-R

Fecha: 17-Nov-2000

IMPROCEDENTE

Concluida la audiencia, el Tribunal de Amparo dictó resolución de fs. 73 a 74, que declara IMPROCEDENTE el Amparo Constitucional con los siguientes fundamentos:  a) Que la incautación de los vehículos se realizó por determinación del Juez Cautelar, en estricta aplicación de la Ley, debido a que los mismos fueron utilizados en el delito de tráfico; b) Que los recurridos al haber confirmado esta actuación en apelación, han actuado con plena jurisdicción y competencia, sin cometer ningún acto ilegal que restrinja o suprima el derecho al trabajo del recurrente, tomándose en cuenta que existe imputación formal y cuerpo del delito.

Que en consecuencia, el recurrente deberá acudir ante el Juez de la causa para hacer valer sus derechos, no siendo el Amparo sustitutivo de otros recursos o medios que confiere la Ley a las partes para presentar sus reclamos como el que nos ocupa, por lo que  el Juez de Amparo al haber declarado IMPROCEDENTE el Recurso, ha interpretado correctamente el art. 19 de la Constitución Política del Estado así como las normas aplicables al presente asunto.