Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1115/00-R
Fecha: 27-Nov-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley Nº 1836, APRUEBA la Sentencia venida en revisión corriente de fs. 10 y vta. de obrados, pronunciada el 1 de noviembre de 2000 por el Juez de Partido en lo Penal de El Alto del Distrito de La Paz, sin disponer la libertad porque ésta ya ha sido ordenada por la autoridad jurisdiccional competente. Asimismo, se dispone que el Juez del Recurso, proceda a la calificación de daños y perjuicios conforme al art. 91.IV de la Ley Nº 1836.