Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1117/2000-R
Fecha: 24-Nov-2000
procedente
Concluida la audiencia, el Juez de Amparo dicta la Resolución cursante de fs. 87 vta. a 89, declarando procedente el Recurso, con el fundamento de que la autoridad recurrida cometió un acto ilegal que restringe el derecho a la propiedad del recurrente al haber desestimado su solicitud para construir en su inmueble aduciendo la existencia de una oposición, siendo su función administrativa y no jurisdiccional.