Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1151/00-R
Fecha: 01-Dic-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley Nº 1836, REVOCA la Resolución de fs. 24 a 25 de 13 de octubre de 2000, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz y declara PROCEDENTE el recurso, sin disponer la libertad del recurrente pues su solicitud de cesación de detención preventiva está siendo considerada por autoridad competente, condenándose a los recurridos a la reparación de daños y perjuicios conforme lo establece el art. 91-VI de la Ley Nº 1836.