SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1183/00-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1183/00-R

Fecha: 18-Dic-2000

2.   Que el 27 de abril de 1990,

2.   Que el 27 de abril de 1990, el Juez Décimo de Partido en lo Civil, Elías Cruz Marco, dictó sentencia declarando improbada la demanda en todas sus partes, con el fundamento de que en nuestro ordenamiento jurídico no estaba prevista la causa de venta forzosa para adquirir el derecho propietario de  bienes inmuebles por lo que no pasó a considerar siquiera la demanda reconvencional, sentencia que se encuentra ejecutoriada al no haber sido apelada por las partes (fs. 1-2).