Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1196/2000 - R
Fecha: 18-Dic-2000
improcedente
Concluida la audiencia, el Tribunal de Hábeas Corpus, dictó resolución de fs. 66 a 68 que declara improcedente el Recurso, con el fundamento de que en el caso de autos no hay un acto arbitrario que afecte la libertad personal del recurrente, y mucho menos el procesamiento indebido que justifique su procedencia, no pudiendo servir para desconocer o modificar procedimientos judiciales como la tipificación del hecho o el rechazo de cuestiones previas que no han sido legalmente fundamentadas con prueba preconstituida, como exige el art. 187 del Código de Procedimiento Penal.