Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1204/2000 - R
Fecha: 20-Dic-2000
en 17, 20 y 23 de noviembre de 2000,
3. Que dentro de las merituadas investigaciones, en 17, 20 y 23 de noviembre de 2000, las autoridades policiales demandadas expidieron cédulas de comparendo contra los recurrentes, a objeto de recibir su declaración informativa policial, con las cuales sólo fue citado uno de ellos (fs. 4, 20 y 31-32).
4. Que en 22 de noviembre, el recurrente, Porfirio Mollo Choque, se presentó a prestar su declaración, abandonando el acto antes de su conclusión; por su parte, en 23 de noviembre, el recurrente, Moisés Flores Sirpa, se presentó voluntariamente a efectuar su declaración informativa policial, sin haber sido citado previamente (fs. 33-34).