Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1233/2000-R
Fecha: 21-Dic-2000
3.
3. La Resolución que corre a fs. 71 y 72, dictada el 29 de noviembre, declara procedente el Recurso, con el fundamento de que los recurridos no dieron cumplimiento a los arts. 118 del Código de Procedimiento Penal y 97 de la Ley Nº 1008. Dispone que se ponga a los investigados a disposición del Juzgado de Partido de Sustancias Controladas, juntamente con las diligencias de Policía Judicial, en el plazo de 24 horas.