Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 098/00 - R
Fecha: 04-Feb-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la Constitución Política del Estado REVOCA el fallo dictado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, cursante a fs. 107 vta. a 108 y declara IMPROCEDENTE el recurso planteado, debiendo aplicarse el art. 102.III de la Ley No. 1836.