Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 112/00 - R
Fecha: 10-Feb-2000
POR TANTO:
Se llama la atención al Juez de Hábeas Corpus por haber demorado la remisión del expediente al Tribunal. Asimismo se le recomienda cuidar por una redacción más apropiada de las actas de audiencia, en consecuencia remítase antecedentes al Consejo de la Judicatura en aplicación del art. 103 de la Ley del Tribunal Constitucional.