Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 147/00- R
Fecha: 21-Feb-2000
improcedente
Acto seguido, la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declara improcedente el recurso de Amparo Constitucional con el fundamento de que el recurrente fue objeto de Sumario Administrativo conforme a la normatividad aduanera y ante los Tribunales competentes, no siendo el Recurso de Amparo Constitucional medio sustitutivo para revisar y anular dichos actuados.