Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 155/2000-R
Fecha: 24-Feb-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los Arts. 19-IV, 120-7ª) de la Constitución Política del Estado y 102-V de la Ley Nº 1836, REVOCA la resolución dictada por la Sala Social-Administrativa Segunda de la Corte Superior de La Paz saliente a fs. 309 y vta., de 7 de enero del presente año, y declara PROCEDENTE el Recurso de Amparo Constitucional en favor de todos los recurrentes, excepto de Armando Romero, de quien no existen antecedentes en el expediente remitido en revisión.