SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 175/2000-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 175/2000-R

Fecha: 29-Feb-2000

improcedente

3.  La Resolución Nº 04/2000/SSA-I, de fojas 42, declara improcedente   el Recurso, fundándose en que “la recurrente se apersonó ante el Juez Tercero de Instrucción de Familia, dentro del sumario incidental de reconocimiento de hijo, seguido por Fabiola Arias Avila contra Javier Pescador, habiendo sido denegada por el Juez anterior, ante cuya negativa la recurrente solicitó reposición bajo alternativa de apelación, petitorio que es resuelto por la Juez recurrida, negando la reposición impetrada y dando curso al trámite de la apelación interpuesta alternativamente”; que “el Recurso de Amparo Constitucional no es sustitutivo de otros medios de defensa ni de otros recursos... ya que la recurrente hizo uso de los recursos previstos por el Código de Procedimiento Civil...”.