Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 177/2000-R
Fecha: 29-Feb-2000
protección inmediata
Que con estos actos ilegales y omisiones indebidas se ha privado ilegalmente al recurrente de los derechos fundamentales al trabajo y a percibir una remuneración justa, consagrados en el Art. 7 incs. d) y j) de la Constitución, y se ha infringido las garantías constitucionales señaladas precedentemente y las disposiciones legales de la Ley 1178 y su Decreto Supremo 23318-A. En consecuencia, frente a dichos actos ilegales y omisiones indebidas, y no existiendo otro recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos y suprimidos, es necesaria la aplicación del Recurso de Amparo Constitucional.