Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 143/00 - R
Fecha: 21-Feb-2000
procedente
3. Concluida la audiencia, el Tribunal de Hábeas Corpus dicta resolución declarando procedente el recurso, con el fundamento de que "la recurrente no puede estar sujeta a dos procesos sobre el mismo delito, máxime si el primero ha sido rechazado, en consecuencia la resolución dictada por el Juez recurrido atenta la seguridad jurídica del debido proceso, por lo que la recurrente se encuentra indebidamente enjuiciada o procesada.."