SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 149/2000-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 149/2000-R

Fecha: 23-Feb-2000

IMPROCEDENCIA

Una vez concluida la audiencia el Tribunal de Hábeas Corpus se pronuncia por la IMPROCEDENCIA afirmando “... en el presente caso de autos no existió retardación de justicia toda vez que se dictó sentencia en primera instancia confirmada por Resolución Nº 551/98 en grado de apelación, fallo que no ha sido recurrido de nulidad o casación por el recurrente dentro del término...” “...Que es preciso tener presente las limitantes previstas por los Arts. 8 y 12 de la Ley de Fianza Juratoria, al momento de considerar el beneficio de libertad provisional prevista por la misma ley, tratándose aún más de delitos de lesa humanidad y de otros delitos, posibilidad de fuga y de continuar con sus actividades  delictivas y antecedentes que constan en obrados”