Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 190/2000 - R
Fecha: 01-Mar-2000
improcedente
3. A fojas 41 y 42 corre la Resolución de 3 de febrero de 2000, que declara improcedente el recurso, fundándose en que las autoridades recurridas no fueron quienes ordenaron la detención de María Eugenia Landívar de Pardo y por ende no cometieron violación alguna a las normas constitucionales, encontrándose en libertad la citada recurrente.